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Denuncian una proposición de ley en Cataluña que niega el derecho de los padres a educar a sus hijos

Tue, 08 Jul 2014 21:01:00
 
Profesionales por la Ética

Barcelona/ESPAÑA.- Desde el pasado año el Parlament de Catalunya está debatiendo una proposición de ley de derechos de gays, lesbianas, bisexuales y transexuales y para la erradicación de la homofobia, la lesbofia y la transfobia presentada por los partidos ERC, PSC, ICV y CUP, que ha sido admitida a trámite gracias al voto de CiU.

Dicha iniciativa, que ha sido denunciada por Profesionales por la Ética como contraria al derecho de los padres a educar a los hijos, se suma a otras normas similares presentadas en otras comunidades autónomas como Galicia, Extremadura o Andalucía, algunas de las cuales ya han sido aprobadas. La proposición pretende convertir a Cataluña en un país pionero y ejemplar en cuanto a la elaboración y aplicación de políticas LGBT.

Sus medidas afectan a todas las áreas de la vida social, en el transcurso de todas las etapas de la vida, y la norma es aplicable a toda persona física o jurídica, de derecho público o privado que viva y/o desarrolle sus actividades dentro de Cataluña, con independencia de cual sea su nacionalidad, domicilio o residencia.

La norma tiene como objetivo luchar contra la discriminación por razón de orientación sexual, opción afectivo-sexual o identidad de género, y comprende la denominada discriminación indirecta, definida como situación que aunque pretendidamente neutra pueda ocasionar al colectivo homosexual una desventaja particular, que podrá demostrarse incluso partiendo de pruebas estadísticas o cualquier estudio de carácter científico.

Entre los principios orientadores de la actuación de los poderes públicos, se incluyen los siguientes:

1) Incrementar la visibilidad, la participación y la representación de las personas LGBT tanto en el ámbito público como en el privado.

2) Considerar que los matrimonios y parejas de tales personas son familia a todos los efectos.

3) Establecer medidas de fomento de las entidades de dicho colectivo.

Lo más novedoso de esta norma es el establecimiento de un régimen de infracciones y sanciones, que utiliza concepto jurídicos indeterminados que harían posible castigar cualquier opinión o conducta que no satisfaga los planteamientos del lobby homosexual.

Entre las infracciones se incluyen:

1) Emitir mensajes subliminales que inciten a la homofobia o a la transfobia en los medios de comunicación, ya sean públicos o privados.

2) El comportamiento verbal que denote homofobia, lesbofobia o transfobia no dirigido a personas LGBT.

3) Comportamientos basados en la ignorancia (…) dirigidos a personas LGBT por causa de su orientación sexual o identidad de género.

4) Obstaculización para acceder a puestos de trabajo.

5) Escritos, publicaciones o contenidos públicos que tengan connotaciones homofóbicas o transfóbicas.

6) Contenidos homofóbicos, lesbofóbicos o transfóbicos en mensajes o discursos públicos.

Las sanciones pueden consistir en multa, inhabilitación temporal o definitiva de la actividad de la empresa donde se halla cometido la infracción, y prohibición de financiación pública.

En el ámbito educativo la proposición de ley introduce el principio de coeducación, e incluye entre sus medidas:

1) Incorporar en los currículums, recursos formativos e itinerarios de formación de todo el alumnado el conocimiento de las diversidades sexuales y afectivas y de la identidad de género, promoviendo los recursos didácticos y otros recursos sobre dichas cuestiones, así como sobre los diversos modelos de familia.

2) Velar para que en los materiales escolares y educativos no se produzca ningún tipo de discriminación por razón de orientación sexual e identidad de género, y para que el lenguaje sea respetuoso con la diversidad sexual.

3) Hacer efectivo el respeto a la diversidad afectiva y sexual en el sistema educativo no obligatorio, especialmente en los jardines de infancia, en la formación de padres y madres, en las actividades deportivas escolares y en las de tiempo libre infantil y juvenil.

4) Promover que los alumnos y profesores en los centros educativos puedan manifestarse de manera natural como LGBT y contribuir así a la creación de modelos positivos.
Dentro de la cultura, tiempo libre y deporte, se incluyen como actuaciones:

1) Apoyar los certámenes que incorporen la temàtica LGBT.
2) Impulsar, promocionar y fomentar la producción de espectáculos infantiles y juveniles que incorporen registros positivos sobre la diversidad afectiva y sexual y sobre la identidad de género.
3) Promocionar y favorecer las iniciativas de las asociaciones y empresas de educación en el tiempo libre que incorporen los principios de su reconocimiento.
4) Tener presentes las publicaciones y revistas de pensamiento y divulgación con contenido LGBT entre las publicaciones que la Generalitat hace llegar a la red de bibliotecas.

Dentro de los medios de comunicación, se establece:

1) Hacer un seguimiento del código deontológico y velar por el respeto a la identidad de género, la orientación sexual y las diversas expresiones afectivas.
2) Controlar los contenidos así como la publicidad, para que sea respetuosa con las personas LGBT.
3) Fomentar que incluyan en sus contenidos dicha temática, favoreciendo la visibilidad de referentes positivos que muestren la diversidad de opciones afectivas y sexuales, de modelos diversos de familia y de identidad de género.
4) Recoger periodicamente las informaciones con tratamiento contrario a la diversidad sexual y hacer un seguimiento. Dicho informe se entregará a diferentes organismos como el Parlament y el CAC.

En cuánto a las familias:

1) Las de LGBT tendrán los mismos derechos que el resto, tanto en el ámbito público como en el privado.
2) Se garantiza la igualdad de acceso de las parejas lesbianas a las ayudas para el acceso a las TRA.
3) Todas las personas con independencia de su orientación sexual han de ser tratadas bajo los mismos criterios en los procesos de adopción.

En el caso de las personas transexuales, se dispone:

1) Serán tratadas y denominadas de acuerdo con el género con el que se identifiquen, aunque no hayan modificado civilmente su sexo.
2) Habrá que promover medidas de fomento de su contratación en la empresa, en caso de riesgo de exclusión.
3) Podrán acogerse a lo dispuesto en esta ley sin necesidad de ningún diagnóstico de disforia de género ni de tratamiento médico.

Vulnera las libertades

Para Ramón Novella, portavoz de Profesionales por la Ética en Cataluña, «esta proposición de ley vulnera las libertades y niega el derecho de los padres a educar a sus hijos. Resulta gravemente afectada la libertad de expresión de los medios de comunicación. También la libertad religiosa, ya que impide que las diferentes confesiones puedan manifestar su postura sobre la cuestión. Igualmente afecta al derecho de los padres a que los hijos puedan recibir la educación que esté de acuerdo con sus convicciones morales, filosóficas, religiosas o pedagógicas. Asimismo, vulnera el ideario y al proyecto educativo de muchos centros de enseñanza y afecta a la libertad de cátedra».

Además, Novella ha denunciado que la norma está siendo debatida sin ningún tipo de publicidad. «Hay un pacto de silencio entre sus promotores para que no se conozca su contenido, lo que demuestra el temor que tienen a que los ciudadanos sepan su verdadero alcance», ha asegurado.

En opinión del portavoz, lo que esta norma pretende es «imponer a toda la sociedad los planteamientos de colectivos absolutamente minoritarios y que no nos representan en absoluto; no es una verdadera norma contra la discriminación, ya que lo que hace es establecer privilegios a su favor»”, ha concluido.

Finalmente, ha hecho una llamada a los ciudadanos, a las familias y a las asociaciones para que se opongan a esta proposición de ley, y ha pedido al Parlament su retirada.







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