CAMINEO.INFO / PPE.- Ayer por la mañana se hizo público, durante una rueda de prensa celebrada en Albacete, un Auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de esta ciudad por el que se decreta la suspensión cautelar de la obligación de cursar las asignaturas del área de Educación para la Ciudadanía (EpC) a 52 alumnos castellanomanchegos. El procedimiento judicial se inició por los padres de los alumnos frente a la resolución de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha que les negaba la objeción frente a este conjunto de materias escolares. El citado Auto judicial acepta que los alumnos no acudan a clase del área de EpC al menos hasta que se dicte sentencia.
En el transcurso de la rueda de prensa, Caridad Navarro, presidenta de CONCAPA de Albacete y coordinadora del movimiento objetor a EpC en esta ciudad, ha resaltado que «este segundo auto judicial de Albacete tiene para los padres objetores un doble valor: por un lado, procede de otro Juzgado de lo Contencioso-Administrativo distinto del que dictaminó lo mismo dos semanas atrás; por otro, corresponde al procedimiento con mayor número de familias recurrentes de los que hasta ahora se han presentado en España, ya que afecta a un total de 52 niños».
Por su parte, José Luis Bazán, coordinador de la Asesoría Jurídica de Profesionales por la Ética y presente también en la rueda de prensa, ha manifestado que este Auto judicial se suma al casi un centenar de resoluciones judiciales que reconocen el derecho de los padres a objetar a Educación para la Ciudadanía y Educación Ético-Cívica (asignaturas del área de EpC).
Según Bazán, «los objetores se muestran muy esperanzados por el reconocimiento que la gran mayoría de los tribunales han realizado de su derecho a la objeción de conciencia, y esperan que continúen las sentencias favorables en los cientos de demandas presentadas en prácticamente toda España».
Entre los fallos judiciales que amparan a los objetores al área de EpC se encuentran, según fuentes de Profesionales por la Ética, 38 sentencias y 60 autos judiciales que amparan el derecho fundamental de los padres a objetar, por razones de conciencia a un conjunto de asignaturas que pretende formar la conciencia moral de sus hijos. Las sentencias favorables han sido dictadas por los Tribunales Superiores de Justicia de Andalucía y La Rioja, mientras que los Autos favorables proceden del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y de varios Juzgados de lo Contencioso-Administrativo (Huesca nº 1, Zaragoza nº 5, Albacete, etc). A estos fallos deben sumarse cerca de 40 sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Asturias que reconocen el derecho a la objeción de conciencia de los padres pero que estiman falta de prueba en los procedimientos.
En conjunto, la objeción de los padres españoles a EpC, según fuentes oficiales de la Abogacía General del Estado, ha dado lugar a 500 recursos judiciales. Las sentencias y otras medidas favorables a los objetores son, a esta fecha, las siguientes:
· 14 sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
· 23 sentencias del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja.
· 70 Autos del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía admitiendo medidas cautelares.
· 3 Autos de juzgados de Aragón admitiendo medidas cautelares.
· 2 Autos de juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Albacete. (Uno de los Autos concede medidas cautelares a 52 objetores a EpC).
A esta fecha, los objetores a EpC ascienden en España a 45 376. Castilla-La Mancha (9049 objetores) es la segunda Comunidad en número de objetores.