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Abogados Cristianos denunciará a la Complutense por un delito contra la libertad religiosa

Thu, 17 Jul 2014 18:56:00
 

El decano de la facultad argumenta que el oratorio actual es demasiado grande para la poca gente que lo frecuenta

La Universidad Complutense cerró el martes 15 de julio, la capilla de la facultad de Geografía e Historia. Facilitarán un nuevo espacio, mucho más pequeño, donde se ubicará el nuevo oratorio. Diversas asociaciones, incluido el Arzobispado de Madrid, han mostrado su desacuerdo con esta decisión.

El cierre de la capilla de Geografía e Historia ha causado cierto malestar en la comunidad cristiana. Polonia Castellanos, presidenta de la Asociación Española de Abogados Cristianos (AEAC), entregó este lunes en el decanato de la facultad más de 6.000 firmas que respaldaban la solicitud de que la capilla universitaria permanezca abierta.

Luis Enrique Otero, decano de la facultad de Geografía e Historia, ha aceptado el pliego de firmas, pero asegura que “la decisión sigue adelante”. Según ha podido saber Religión Confidencial, el decano esgrimió en su defensa que el espacio estaba siendo “infrautilizado”, ya que “apenas entran dos o tres personas al día”.

Según la Universidad Complutense, el Arzobispado de Madrid aceptó este traslado a través de la Pastoral Universitaria el 25 de julio de 2013. El decanato de la facultad y el responsable de la Pastoral Universitaria “acordaron un nuevo emplazamiento que debía ser efectivo al finalizar el curso académico 2013-2014”, asegura la universidad.

La capilla actual será transformada en un aula, hecho que la universidad justifica por “necesidades docentes”. El espacio facilitado para la nueva capilla estará ubicado en el mismo centro. Según Polonia Castellanos es “demasiado pequeño, de apenas unos 10 metros cuadrados. Si se pusieran el altar y el sagrario, quedaría en nada”.

La AEAC considera esta actuación como un “presunto delito contra la libertad religiosa”, y ante la imposibilidad de acuerdo por vía amistosa, recurrirán a acciones legales para impedir el cierre de la capilla. Basarán su querella en el artículo 523 del Código Penal, en el que se establece que “el que (…) con vías de hecho impidiere, interrumpiere o perturbare los actos (…) de las confesiones religiosas inscritas en el correspondiente registro público (…) será castigado”.







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