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El Poder Judicial respalda el proyecto del Gobierno de protección del concebido y los derechos de la mujer embarazada

Mon, 16 Jun 2014 19:01:00
 

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado este viernes el informe que avala, en términos generales, el anteproyecto de Ley Orgánica de Protección del Concebido y los Derechos de la Embarazada si bien recomienda cambios como despenalizar el aborto eugenésico y desligarlo del daño psicológico a la madre.

Se trata del informe que se encargó a la vocal conservadora Carmen Llombart, que ha obtenido el voto favorable de 10 vocales pertenecientes a este mismo sector mientras que los ocho progresistas han votado en contra y se han producido tres abstenciones, han informado fuentes de este órgano.

Como se recordará, en otro informe, el de la vocal progresista Pilar Sepúlveda, se abogaba por retirar el anteproyecto y mantener la ley Aido, que ha sido apoyado por 8 votos y tres abstenciones.

En el informe definitivo aprobado este viernes se considera que la definición que da el anteproyecto de lo que considera anomalía incompatible con la vida y su vinculación inseparable con la viabilidad posterior al parto, «no presenta la particularidad del eventual conflicto que se suscita en el resto de supuestos de indicación terapéutica». Es decir, no existe contraposición entre los derechos de la embarazada y la protección del concebido, en tanto que, dada la inviabilidad del mismo y acogiendo la doctrina del Tribunal Constitucional, el concebido en estas condiciones «no podría ostentar la condición de nasciturus y, en consecuencia, beneficiarse de la protección constitucional que la vida de estos merece».

En este sentido, el texto sostiene que se podría haber optado por la redacción que se dio a esta indicación en el modelo de 1985, la primera ley que reguló el aborto en España. Pues el texto elaborado por el ministro de Justicia, Ruiz Gallardón «da explicaciones jurídicas a conceptos médicos que evolucionan con el tiempo a la par que los avances científicos (…)».

El informe considera además que la Sanidad pública debe cubrir la realización de los «múltiples informes médicos» exigidos por el anteproyecto antes de la interrupción voluntaria del embarazo. Respecto a esos informes, la vocal ve «desproporcionado» que se exija que sean emitidos por dos médicos distintos de los que practiquen el aborto y que, además, no desempeñen su actividad profesional en el centro sanitario en el que este se lleve a cabo.

Objeción de conciencia

Así, señala que para constatar las circunstancias justificativas del abortono es preciso acudir a un facultativo externoal centro médico en que se realizará la interrupción del embarazo, «reduciendo el riesgo de que se produzcan informes médicos contradictorios y la cuestión sea judicializada». «Esta circunstancia se agrava singularmente en el caso de peligro grave para la salud psíquica de la mujer por anomalía fetal incompatible con la vida, en tanto se ha de suponer también la existencia de un informe psicológico que constate y confirme dicho grave peligro», dice







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